Manual de Señalización Vial de Colombia 2024 (Resolución 20243040045005 del Ministerio de Transporte), capítulo 4, semaforización. El Manual no remite a ninguna norma técnica colombiana para el semáforo como equipo; lo exigible es el capítulo 4. Un semáforo es el dispositivo que regula la circulación de vehículos, ciclistas y peatones donde sus trayectorias confluyen, y asigna el derecho de paso de forma secuencial con luces roja, amarilla y verde, operadas por una unidad de control local que puede estar o no conectada a una central de tránsito (4.1). Su instalación, operación, mantenimiento y reparación están a cargo de la autoridad de tránsito o de quien ella delegue, y la autorización para instalarlo exige verificar los criterios mínimos y las normas técnicas; está prohibido instalar señales u otros elementos que obstaculicen la visibilidad de un semáforo (4.1.2). El capítulo los clasifica por el conflicto que regulan: para el control de vehículos, para paso peatonal exclusivo, con módulos sonoros para peatones con limitación visual, y especiales, entre ellos los intermitentes y los de regulación de carriles (4.1.4).
Lo físico que todo semáforo comparte (4.2.2): la cabeza es el conjunto visible; una cara son los módulos luminosos orientados en una misma dirección, normalmente tres para el control vehicular, con un máximo de cinco, y dos para el peatonal, o uno si la tecnología emite las dos señales; cada cara se compone de módulos luminosos, visera y, de forma opcional, placa de contraste. El módulo luminoso emite la señal luminosa con diodos LED, de forma independiente para el rojo, el amarillo y el verde; el Manual recomienda el LED por su visibilidad, su estabilidad y un tiempo de servicio de más de cinco años (4.2.2.2). Los lentes de control vehicular son circulares; los peatonales, circulares o rectangulares; hay dos diámetros nominales, 20 cm y 30 cm, y para instalación nueva en vías con velocidad máxima permitida superior a 50 km/h se recomienda el de 30 cm; la indicación debe distinguirse desde 300 m en condiciones atmosféricas normales, y las flechas direccionales desde 60 m; las únicas inscripciones admitidas son flechas y pictogramas de peatón o de bicicleta, nunca palabras (4.2.2.3). La visera va encima o alrededor de cada módulo para que el sol no lo haga parecer encendido y para que la señal sólo se vea desde donde está enfocada (4.2.2.4). La placa de contraste, cuando se usa, es de fondo oscuro sin brillo y no retrorreflectivo, con un ancho mínimo del doble del ancho de la cara (4.2.2.5).
Las indicaciones (4.4.1 y 4.4.3): verde autoriza el paso; amarillo advierte que el verde terminó y el rojo está por iniciar; rojo ordena detenerse antes de la línea de detención; nunca se pasa de verde a rojo sin amarillo; el amarillo intermitente ordena cruzar con precaución y el rojo intermitente opera como una señal SR-01 PARE. Montaje (4.5.2, Tabla 4-3): la parte inferior de la cara queda entre 2,5 m y 4,5 m sobre el piso en poste vertical, y entre 4,5 m y 6,0 m en ménsula o suspendida por cables; las caras de un mismo poste van a la misma cota de alineación. El mantenimiento sigue las recomendaciones del fabricante, con un esquema preventivo periódico y registro de las labores (4.9).
El módulo luminoso es, en el capítulo 4, el componente del semáforo que emite la señal luminosa con diodos LED, de forma independiente para el rojo, el amarillo y el verde (4.2.2.2). En cada luz, la carcasa es todo lo que protege el módulo LED: la tapa trasera por detrás y, por delante, el lente, la pieza transparente que la cierra hermética con su caucho y deja pasar la indicación luminosa (4.2.2.3); la visera va encima o alrededor de cada módulo (4.2.2.4). Las condiciones que el capítulo fija para la luz del semáforo rigen igual para el módulo que se pide suelto como repuesto: el módulo nuevo es del diámetro, el color y la indicación de la luz que reemplaza, y las únicas figuras admitidas siguen siendo flechas y pictogramas de peatón o de bicicleta.
Para el semáforo peatonal el Manual fija el símbolo del módulo (4.6.3): una persona en actitud de caminata, de color verde, para autorizar el cruce, y una persona parada, de color rojo, para la espera; el símbolo tiene por lo menos 16 cm de alto con lente de 20 cm, puede representar a una persona de sexo masculino o femenino, o a un adulto con un niño de la mano (Figura 4-24), y en el verde se admite el pictograma dinámico de la persona caminando siempre que conserve el color y el tamaño mínimo; el Manual no recomienda seguir empleando la figura corriendo. Los módulos peatonales pueden ser circulares, de 200 mm de diámetro como mínimo, o cuadrados, de 30 cm por lado como mínimo (4.6.4). El verde intermitente que anuncia el fin del cruce dura como máximo 2 segundos, y cuando la intersección opera en intermitente las caras peatonales exhiben rojo intermitente (4.6.5).