Manual de Señalización Vial de Colombia 2024 (Resolución 20243040045005 del Ministerio de Transporte), capítulo 4, semaforización. El Manual no remite a ninguna norma técnica colombiana para el semáforo como equipo; lo exigible es el capítulo 4. Un semáforo es el dispositivo que regula la circulación de vehículos, ciclistas y peatones donde sus trayectorias confluyen, y asigna el derecho de paso de forma secuencial con luces roja, amarilla y verde, operadas por una unidad de control local que puede estar o no conectada a una central de tránsito (4.1). Su instalación, operación, mantenimiento y reparación están a cargo de la autoridad de tránsito o de quien ella delegue, y la autorización para instalarlo exige verificar los criterios mínimos y las normas técnicas; está prohibido instalar señales u otros elementos que obstaculicen la visibilidad de un semáforo (4.1.2). El capítulo los clasifica por el conflicto que regulan: para el control de vehículos, para paso peatonal exclusivo, con módulos sonoros para peatones con limitación visual, y especiales, entre ellos los intermitentes y los de regulación de carriles (4.1.4).
Lo físico que todo semáforo comparte (4.2.2): la cabeza es el conjunto visible; una cara son los módulos luminosos orientados en una misma dirección, normalmente tres para el control vehicular, con un máximo de cinco, y dos para el peatonal, o uno si la tecnología emite las dos señales; cada cara se compone de módulos luminosos, visera y, de forma opcional, placa de contraste. El módulo luminoso lleva preferentemente diodos LED; si son LED blancos, van lentes de color reglamentarios delante, y el Manual recomienda migrar de halógeno a LED por su visibilidad, su estabilidad y un tiempo de servicio de más de cinco años (4.2.2.2). Los lentes de control vehicular son circulares; los peatonales, circulares o rectangulares; hay dos diámetros nominales, 20 cm y 30 cm, y para instalación nueva en vías con velocidad máxima permitida superior a 50 km/h se recomienda el de 30 cm; la indicación debe distinguirse desde 300 m en condiciones atmosféricas normales, y las flechas direccionales desde 60 m; las únicas inscripciones admitidas son flechas y pictogramas de peatón o de bicicleta, nunca palabras (4.2.2.3). La visera va encima o alrededor de cada módulo para que el sol no lo haga parecer encendido y para que la señal sólo se vea desde donde está enfocada (4.2.2.4). La placa de contraste, cuando se usa, es de fondo oscuro sin brillo y no retrorreflectivo, con un ancho mínimo del doble del ancho de la cara (4.2.2.5).
Las indicaciones (4.4.1 y 4.4.3): verde autoriza el paso; amarillo advierte que el verde terminó y el rojo está por iniciar; rojo ordena detenerse antes de la línea de detención; nunca se pasa de verde a rojo sin amarillo; el amarillo intermitente ordena cruzar con precaución y el rojo intermitente opera como una señal SR-01 PARE. Montaje (4.5.2, Tabla 4-3): la parte inferior de la cara queda entre 2,5 m y 4,5 m sobre el piso en poste vertical, y entre 4,5 m y 6,0 m en ménsula o suspendida por cables; las caras de un mismo poste van a la misma cota de alineación. El mantenimiento sigue las recomendaciones del fabricante, con un esquema preventivo periódico y registro de las labores (4.9).
El housing es el cuerpo del conjunto que el capítulo 4 denomina cabeza o módulo semafórico (4.2.2): la carcasa que aloja los módulos luminosos y sostiene las viseras, sin luces ni lente. Lo que el Manual le exige al cuerpo lo exige a través de su fijación: los elementos que unen el semáforo al poste deben permitir ajustes angulares, verticales y horizontales de cada cara (4.2.1). El mantenimiento preventivo del conjunto, dentro del esquema del numeral 4.9, consiste en limpiar el lente y la visera, revisar los empaques y el apriete de los herrajes, y comprobar que ninguna luz haya perdido luminosidad frente a las demás; los repuestos del conjunto son el módulo LED, el lente, la visera y los herrajes de fijación.