Manual de Señalización Vial de Colombia 2024 (Resolución 20243040045005 del Ministerio de Transporte), capítulo 5, otros dispositivos para la regulación del tránsito. Según el numeral 5.1, estos dispositivos existen para apoyar, resaltar o reforzar el mensaje que ya entrega otra señalización o la propia condición de la vía; para indicar la presencia de elementos físicos que generan riesgo y la geometría de la vía; para controlar físicamente el encauzamiento lateral o longitudinal de los usuarios; para contribuir a la gestión de la velocidad; y para apoyar la gestión del tránsito y aumentar la visibilidad. Ninguno reemplaza a la señal ni a la línea de demarcación: las refuerza.
El numeral 5.2 los reparte en tres funciones. Los indicadores de alineamiento, segregadores y limitadores entregan información visual adicional sobre el alineamiento y la geometría de la vía y refuerzan la segregación entre actores, modos o movimientos; los marcadores de obstáculos advierten la presencia de elementos que la vía necesita pero que son un riesgo si se impactan; y los reductores de velocidad la controlan físicamente. El numeral 5.3 define a los primeros como dispositivos rígidos o flexibles, de alta resistencia a la compresión y a la flexión, adicionales a la señalización vertical y horizontal, que se disponen en la vía por un tiempo determinado, a criterio del profesional idóneo, para segregar usuarios en áreas determinadas o para indicar limitaciones en la circulación; el 5.3.3 los divide en dispositivos de piso y dispositivos verticales.
El numeral 5.3.2 fija las condiciones de uso que aplican a todos. No se emplean para ocultar deficiencias del diseño geométrico: mitigan riesgos transitoriamente mientras se implementan acciones permanentes. En medidas de urbanismo táctico o de pacificación del tránsito se orientan a un comportamiento deseado y, alcanzado, pueden retirarse y reutilizarse en otro entorno. Se evita el uso redundante, porque los anclajes dañan la carpeta asfáltica, y se prefieren alternativas que reduzcan o eliminen anclajes y faciliten poner y quitar. Su vida útil es limitada, así que la reposición y el mantenimiento continuo se prevén desde el proyecto. Y su disposición es resultado de un estudio técnico y de gestión de la demanda elaborado por un profesional idóneo, en el marco de la responsabilidad de la autoridad de tránsito o de la entidad responsable de la infraestructura.
Los resaltos y la banda reductora de este grupo son reductores de velocidad del numeral 5.5 del Manual, la única rama de la línea que no es del 5.3: no delinean ni segregan, obligan a bajar la velocidad. El Manual los reparte en dos clases, los de tipo resalto (trapezoidal o pompeyano, parabólico, portátil y de cojín) y los alertadores (bandas transversales y longitudinales, y la franja de estoperoles), y las tres páginas de este grupo son el resalto portátil del 5.5.1.3: un dispositivo de caucho, plástico u otro material sintético, de bajo peso y alta resistencia al impacto, que se instala sobre la superficie de la vía.
Para el 5.5.1 el resalto es el elemento más coercitivo para reducir la velocidad: según su diseño, es capaz de bajar la velocidad promedio hasta 30 km/h, lo que lo hace apto para vías urbanas de uso residencial o con establecimientos educativos y para toda vía donde se requiera regular la velocidad. Por eso mismo lo condiciona: se justifica cuando hay evidencia de que la señalización vertical y horizontal no bastó, y su diseño e instalación salen de un estudio técnico de soporte que considera el entorno, la geometría, los usuarios, el tipo de resalto y, como mínimo, los 150 m anteriores y posteriores al sitio. Los casos que contempla: vías urbanas donde se circula a 30 km/h o menos por la presencia permanente de peatones, cruces peatonales permanentes, vías con alta siniestralidad, vías de dos carriles o menos con cruces peatonales a nivel y estaciones de peaje; el portátil tiene su caso propio en la llegada a puestos de control y en la cercanía de eventos. Su uso queda restringido en vías urbanas por donde circulan los sistemas integrados, estratégicos y masivos de transporte colectivo, en pendientes que generen cambios intempestivos de velocidad y donde haya restricción de visibilidad por curvas. La autoridad de tránsito o la entidad responsable de la vía autoriza la instalación y verifica la señalización complementaria antes de dar el resalto al servicio.
El 5.5.1.3 describe el resalto portátil como reductor temporal: operativos policiales, de control de tránsito o de orden público, zonas escolares a la entrada y salida de estudiantes, y cualquier circunstancia que pida bajar la velocidad por un tiempo. Cuando lo dispone la autoridad en zonas urbanas residenciales o comerciales, va en vías con velocidad máxima de 30 km/h o menos, previo estudio de impacto por las afectaciones al pavimento, el ruido y las vibraciones en las edificaciones vecinas. Se advierte con la señal SP-25 PROXIMIDAD A RESALTO y se reglamenta la velocidad del sector con la SR-30 VELOCIDAD MÁXIMA PERMITIDA; si en el sector hay señales SR-30 que permiten velocidades mayores, se cubren mientras el resalto esté instalado. Las medidas están fijadas: largo igual o mayor al 70 % del ancho del carril, ancho entre 0,3 y 0,5 m y alto entre 0,02 y 0,08 m, con 30 cm de ancho para 2 cm de alto y 50 cm para 8 cm; puede ser una sola sección o secciones ensambladas, y cuando un estudio técnico pide instalarlos en grupo para reducir la velocidad de forma progresiva, el primero en el sentido de circulación mide 2 cm y los siguientes van subiendo.
Un resalto de este grupo que se ancla para quedarse sigue siendo, por su figura y su material, el resalto portátil del 5.5.1.3, pero entra en el régimen que el 5.5.1 fija para todo resalto permanente: el estudio técnico y la autorización de la autoridad; las señales SP-25 PROXIMIDAD A RESALTO y SP-25A UBICACIÓN DE RESALTO en el borde externo de la calzada, por cada sentido que llega al resalto; las superficies inclinadas demarcadas con material retrorreflectivo amarillo y antideslizante, con dos puntas de flecha blancas en el sentido de circulación; un mínimo de cinco tachas retrorreflectivas espaciadas 1,5 m entre las líneas de borde; la línea continua que prohíbe adelantar en el sector; y el mantenimiento periódico que evite que la pérdida de la demarcación o una superficie deslizante generen riesgo. Cada ficha dice cuánto mide su módulo y qué códigos componen su tramo.
Con 2,4 cm de alto y 33,5 cm de ancho está dentro de las medidas que el 5.5.1.3 fija para el resalto portátil.