Manual de Señalización Vial de Colombia 2024 (Resolución 20243040045005 del Ministerio de Transporte), capítulo 7, señalización y medidas de seguridad para obras en la vía. Lo que el capítulo exige a todo dispositivo de obra: el color anaranjado declara que su carácter es transitorio (7.4.2); reflectivo tipo IV o superior en toda la superficie expuesta al tránsito y un programa de limpieza, acordado con la entidad encargada, de periodicidad no mayor a ocho días (7.4.3); ubicación con anticipación suficiente para que el usuario reaccione y maniobre con seguridad (7.4.4); un soporte que aguante el viento y que, si un vehículo lo impacta, no sea un riesgo, con lastre de sacos de arena lo más abajo posible y nunca bases de hormigón ni estructuras metálicas que no sean abatibles (7.4.5); y el retiro al terminar la obra, por el responsable y con supervisión de la autoridad, junto con el retiro o cubrimiento de la señalización permanente que induzca a error mientras dura la obra (7.4.6). Dónde va cada dispositivo lo define el Plan de Manejo de Tránsito de la obra (7.12), cuya categoría depende del impacto de la intervención. El reflectivo responde a la NTC 4739, citada como aplicable.
Lo que el numeral 7.6.1 exige a todo dispositivo de canalización en zona de obra: separar el frente de trabajo del tránsito y conducir al usuario por el paso habilitado, con una transición gradual; sin elementos metálicos, con la única excepción de las flechas luminosas; nunca bases de hormigón o de piedra como soporte ni como lastre; y protección UV en el plástico, porque un dispositivo decolorado deja de cumplir su función. Los elementos de canalización combinan franjas o sectores blancos y anaranjados, y sus partes retrorreflectivas cumplen los niveles mínimos de la Tabla 7-5 para reflectivo tipo IV o superior. El dispositivo responde a la NTC 6107, citada como aplicable.
El numeral 7.6.5 regula la caneca: se usa en sectores donde se mantiene la alineación longitudinal y se puede complementar con luces permanentes de advertencia; es de color anaranjado con cuatro franjas horizontales, dos blancas y dos anaranjadas, de reflectivo flexible tipo IV o superior y ancho mínimo de 0,15 m, en todo el perímetro; forma cilíndrica con diámetro mínimo de 45 cm, que puede ser más ancha en la base para apilarla; lastrada con agua, plástico, caucho, arena u otro material no contundente; siempre cerrada y sellada en su parte superior; portátil y sin elementos metálicos. El numeral 7.6.6 pide que las luces vayan a una altura lo más cercana posible a 1,2 m sobre el elemento de canalización y, si son intermitentes, entre 55 y 75 destellos por minuto. NTC 6107-1, aplicable.